El plazo para la presentación de la DECLARACIÓN SOBRE LA RENTA DEL AÑO 2024, comprende del 2 de abril al 30 de junio de 2025.
Puedes enviarnos la documentación de cualquiera de las siguientes maneras:
1. Quienes obtengan rendimientos de trabajo:
– Superiores a 22.000 €, si los ingresos se obtienen de un solo pagador.
– Superiores a 14.000 €, si los ingresos proceden de más de un pagador, siempre y cuando del segundo y demás pagadores superen los 1.500 €. Quienes perciban pensiones compensatorias, reciban de un pagador no obligado a retener o rendimientos sujetos a tipo fijo de retención.
– Quienes hayan percibido el ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia.
2. Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetos a retención: quienes obtengan estos rendimientos en cuantía superior a 1.600 €/año.
3. Imputación de rentas inmobiliarias, Letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de vivienda habitual y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas: quienes obtengan cuantías que superen los 1.000 €/año.
4. Hipotecas de viviendas formalizadas hasta 2013 o planes de pensiones: Les interesa declarar para la obtención de la devolución.
5. Venta de acciones, pisos, locales u otros inmuebles.