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En la mayoría de los casos, serán declaraciones de la renta que no requerirán incorporar ingresos y cuyo resultado sea a 0, pero aún así debe presentarla. También debe tenerse en cuenta que recibir el ingreso mínimo vital no genera derecho a la deducción por maternidad, ni a las deducciones por familia numerosas o personas con discapacidad a cargo.
También están obligados a presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2022:
1. Quienes obtengan rendimientos de trabajo:
2. Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetos a retención: quienes obtengan estos rendimientos en cuantía superior a 1.600 €/año.
3. Imputación de rentas inmobiliarias, Letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de vivienda habitual y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas: quienes obtengan cuantías que superen los 1.000 €/año.
4. Hipotecas de viviendas formalizadas hasta 2013 o planes de pensiones: Les interesa declarar para la obtención de la devolución.
5. Venta de acciones, pisos, locales u otros inmuebles.
Si usted está en esta situación y tiene alguna duda al respecto, no dude en consultarnos, estamos a su disposición.
Puedes enviarnos la documentación de cualquiera de las siguientes maneras: